TEEM – Tribunal Electoral del Estado de Michoacán

La VPG que impacta de forma negativa en el derecho de la víctima a ejercer su derecho a ser votada, anula una elección.

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Morelia, Michoacán a 15 de marzo de 2023.- La Violencia Política contra las Mujeres en razón de género ya ha logrado anular elecciones, como el caso de Iliatenco, Guerrero y en Atlautla, Estado de México donde se acreditó violencia política de género contra una candidata a presidenta municipal recordó la Magistrada Presidenta Suplente del Tribunal Electoral del Estado de Michoacán (TEEM), Yolanda Camacho Ochoa.

Durante la conferencia ¿Qué es la violencia política contra las mujeres en razón de género? Otorgada a las y los estudiantes de la Universidad Contemporánea de las Américas Plantel Morelia Las Américas definió la VPG toda acción u omisión, incluida la tolerancia, basada en elementos de género, en el ámbito público o privado y que tenga por objeto o resultado limitar, anular o menoscabar el ejercicio efectivo de los derechos político electorales de una o varias mujeres.

Luego de la presentación que hizo el Director de la Universidad, la Magistrada detalló que es parte de la VPG que no se le permita el acceso al pleno ejercicio de las atribuciones inherentes a su cargo labor o actividad, el libre desarrollo de la función pública, la toma de decisiones, la libertad de organización; así como el acceso y ejercicio a las prerrogativas, tratándose de precandidaturas.

Yolanda Camacho Ochoa al dar un ejemplo cito, cuando una Presidenta Municipal por el hecho de ser mujer sus compañeras o compañeros le impidan tomar decisiones dentro del ayuntamiento, o que ignoren sus indicaciones.

Enfatizó en que debe existir una clara manifestación de violencia y discriminación por el simple hecho de ser mujer, evidenciando la situación de desigualdad y la relación de poder que existe entre hombres y mujeres.

Ante los jóvenes y profesores presentes recordó el caso de Iliatenco, Guerrero y Atlautla, Estado de México en los que la violencia fue tal que la Sala Superior determinó nulidad de la elección.

En la primera, en Guerrero se acreditó la pinta de 14 mensajes “Fuera la candidata”, “Aquí no gobiernan las viejas”, “Es tiempo de los hombres”, “Muera la candidata” y “Ninguna vieja más en el poder”.

La Magistrada Presidenta Suplente describió que las pintas se hicieron seis días antes de la elección, en el camino a las casillas, justo en la que la candidata obtuvo menos votos, y considerando que la diferencia de votos entre el primer y segundo lugar fue de 53 votos, 0.97%.

Y de la misma forma el caso Atlautla en donde la candidata se enfrentó a violencia de género, que puso en duda la certeza de la elección e influyó en el resultado.

Camacho Ochoa ratificó su compromiso personal e institucional para resolver desde una perspectiva de género, y reiteró el apoyo del TEEM en caso o situación necesaria.

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