PROCEDIMIENTO ESPECIAL SANCIONADOR
EXPEDIENTE: TEEM-PES-108/2024
DENUNCIANTE: ANTONIO GARCÍA CONEJO.
DENUNCIADOS: JUAN CARLOS BARRAGÁN VÉLEZ Y OTROS.
MAGISTRADA PONENTE: YOLANDA CAMACHO OCHOA
SECRETARIA INSTRUCTORA Y PROYECTISTA: MARÍA DE LOURDES AGUILAR ZAVALA
COLABORÓ: RUBI ARROYO HIGUERA
Morelia, Michoacán a cinco de agosto de dos mil veinticuatro[1].
SENTENCIA en la que se: I) Declara la existencia de la infracción atribuida a Juan Carlos Barragán Vélez, entonces candidato a la Diputación Local por el Distrito 16 de Morelia, Michoacán y a Ricardo Morales Paniagua en cuanto administrador de las redes sociales a través de las cuales se difundió la propaganda denunciada, por utilizar la imagen de niñas y niños sin cumplir con los requisitos mínimos para garantizar sus derechos, II) Declara la responsabilidad por culpa in vigilando de los partidos políticos Morena, del Trabajo y Verde Ecologista de México y III) Impone una amonestación pública a Juan Carlos Barragán Vélez y a Ricardo Morales Paniagua, así como a los partidos políticos Morena, del Trabajo y Verde Ecologista de México.