En reunión interna jurisdiccional, el Pleno de este Tribunal Electoral emitió dos acuerdos plenarios relacionados con el cumplimiento de sentencias.
En primer término, dentro de los juicios TEEM-JDC-075/2026 y TEEM-JDC-076/2026 acumulados, se determinó tener por cumplida la sentencia en la que se ordenó al Presidente, Secretario, Síndico y Regidurías proveer lo necesario para que se incluyera y permitiera la participación activa, con derecho a voz de las regidurías actoras, en la Sesión Solemne del Segundo Informe de Labores del Ayuntamiento.
Por otra parte, en relación con el juicio ciudadano TEEM-JDC-024/2026, el Pleno del TEEM tuvo por cumplida de manera extemporánea la sentencia mediante la cual se revocó, en lo que fue materia de impugnación, la porción normativa del artículo 9 del Reglamento para la atención y trámite de las solicitudes de información de las y los integrantes del Ayuntamiento, conminando al Ayuntamiento de Epitacio Huerta para que, en lo sucesivo, cumpla en tiempo y forma con las determinaciones emitidas por este Tribunal.
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