TEEM – Tribunal Electoral del Estado de Michoacán

TEEMICH DECLARA CUMPLIDAS CUATRO SENTENCIAS RELACIONADAS CON EL EJERCICIO DE DERECHOS DE REGIDURÍAS Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA.


Morelia, Michoacán, 3 de junio de 2026. En la Reunión Interna Jurisdiccional celebrada el día de hoy, las Magistraturas del Tribunal Electoral del Estado de Michoacán aprobaron diversos acuerdos plenarios mediante los cuales se verificó el cumplimiento de sentencias previamente emitidas por este órgano jurisdiccional.
Los asuntos analizados estuvieron relacionados con el acceso a la información para el ejercicio de cargos públicos, el derecho de petición y la participación ciudadana en el ámbito municipal.
TEEM-JDC-268/2025. El Tribunal declaró cumplida la sentencia emitida en favor de una regidora que promovió un juicio ciudadano por la omisión de diversas autoridades municipales de proporcionarle la información y la documentación necesarias para el desempeño de sus funciones.
Durante la etapa de cumplimiento quedó acreditado que la actora recibió la información solicitada, por lo que se tuvo por cumplido lo ordenado por este órgano jurisdiccional.
No obstante, las autoridades responsables no informaron oportunamente al Tribunal sobre las acciones realizadas para cumplir la sentencia, por lo que fueron conminadas a atender en tiempo y forma las futuras determinaciones jurisdiccionales.
TEEM-JDC-034/2026. Se tuvo por cumplida la sentencia relativa a la omisión de emitir la convocatoria para la elección de la persona encargada del orden del Fraccionamiento Villas del Pedregal Etapa I, en Morelia.
Las autoridades responsables acreditaron haber emitido la convocatoria ordenada por el Tribunal. Sin embargo, al no informar de su cumplimiento dentro del plazo establecido, se les conminó a observar puntualmente, en futuras ocasiones, las obligaciones derivadas de las resoluciones judiciales.
TEEM-JDC-029/2026. El Pleno declaró cumplida la sentencia mediante la cual se ordenó a una autoridad municipal que entregara la documentación solicitada por una ciudadana.
De las constancias del expediente se acreditó que la documentación fue entregada dentro de los plazos establecidos en la resolución, por lo que se tuvo por cumplida la determinación emitida por el Tribunal.
TEEM-JDC-179/2025.También se declaró cumplida la sentencia promovida por personas regidoras que reclamaron la entrega de documentación relacionada con sesiones de cabildo y obras públicas municipales.
El Tribunal determinó que la información fue finalmente puesta a disposición de las partes actoras, lo que permitió satisfacer el objeto de la sentencia.
Sin embargo, debido a que las autoridades responsables incumplieron inicialmente los plazos ordenados por este órgano jurisdiccional, se les conminó a que, en lo sucesivo, atiendan oportunamente las resoluciones emitidas por este Tribunal.
Con estas determinaciones, el Tribunal Electoral del Estado de Michoacán reafirma su compromiso con la protección de los derechos político-electorales de la ciudadanía.

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