TEEM – Tribunal Electoral del Estado de Michoacán

TEEMICH ordena entregar la información a integrante de la 76 Legislatura.

Morelia, Michoacán, a 9 de octubre de 2025. El Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Michoacán, integrado por la Magistrada Presidenta Amelí Gissel Navarro Lepe, las Magistradas Yurisha Andrade Morales y Alma Rosa Bahena Villalobos, y los Magistrados Adrián Hernández Pinedo y Eric López Villaseñor, resolvió en sesión pública un juicio ciudadano y un incidente de incumplimiento de sentencia promovidos contra el Secretario de Administración y Finanzas del Congreso del Estado.

En el Juicio Ciudadano TEEM-JDC-225/2025, promovido por el diputado Juan Carlos Barragán Vélez, se impugnó la negativa del funcionario legislativo de entregar información del Segundo Informe Trimestral de Avance Presupuestal y Programático 2025, con sus anexos y soportes.

El Pleno declaró su incompetencia material para conocer los señalamientos sobre deberes orgánicos y funcionamiento interno del Congreso, al no ser materia electoral, dejando a salvo los derechos del actor para acudir a la instancia correspondiente. Sin embargo, consideró fundados los agravios por violación a los principios de legalidad, fundamentación y motivación, al estimar que la información solicitada es indispensable para el ejercicio del derecho político-electoral de ser votado, en su vertiente de desempeño del cargo.

Por ello, se ordenó la entrega de la información requerida y se conminó al Secretario de Administración y Finanzas a cumplir la sentencia emitida previamente en el TEEM-JDC-201/2025, ya firme.

Respecto al Incidente de Incumplimiento de Sentencia derivado del mismo juicio, el Pleno lo declaró infundado, al acreditarse que la autoridad entregó la información contable, presupuestaria, programática y complementaria que integra el informe trimestral conforme a la Ley General de Contabilidad Gubernamental. La información restante no se proporcionó por no formar parte del informe y por carecer el funcionario de atribuciones para hacerlo.

En consecuencia, se determinó que la sentencia dictada el 24 de julio de 2025 fue cumplida en sus términos.

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