TEEM – Tribunal Electoral del Estado de Michoacán

TEEMICH declara existencia de vulneración al derecho político electoral de ser votados en el ejercicio del cargo de Regidoras y Regidores de Tancítaro.

Morelia, Michoacán a 22 de mayo de 2025.- En sesión pública del Pleno del Tribunal Electoral del Estado, Alma Rosa Bahena Villalobos, Magistrada Presidenta, las Magistradas Yurisha Andrade Morales y Amelí Gissel Navarro Lepe, así como los Magistrados Adrián Hernández Pinedo y Eric López Villaseñor analizaron y resolvieron dos medios de impugnación.

En el TEEM-JDC-159/2025 promovido por Regidoras y Regidores del Ayuntamiento de Tancítaro, en contra de la Contralora de este Ayuntamiento, por la omisión de dar respuesta a dos escritos, las magistraturas declararon por mayoría parcialmente fundado el agravio, ya que fue hasta que acudieron a la tutela de este Tribunal que se atendió a sus solicitudes relacionadas con el derecho de petición; en razón de ello, se determinó la existencia de la vulneración al derecho político-electoral de la parte actora de ser votada en la vertiente de ejercicio del cargo y se conminó a la responsable para que, en lo subsecuente, atienda en un plazo breve y oportuno las solicitudes que le sean formuladas, atendiendo a la naturaleza de sus funciones.

En el TEEM-RAP-011/2025 a través del cual se controvirtieron diez acuerdos emitidos por la Secretaria Ejecutiva del Instituto Electoral de Michoacán, a través de los cuales se desecharon peticiones de la apelante consistentes en la solicitud de que la Oficialía Electoral de dicho instituto certificara enlaces electrónicos de distintas páginas de redes sociales pertenecientes a supuestas candidaturas del proceso electoral local de personas juzgadoras, el Pleno resolvió confirmar los acuerdos controvertidos, ya que la responsable emitió respuesta apegada a la normativa electoral aplicable, toda vez que se requiere que el solicitante tenga un vínculo procesal o material a través de un hecho denunciado, pues la naturaleza de la Oficialía Electoral se acota a evitar el uso indiscriminado de la fe pública al existir otros medios para allegarse de elementos que puedan aportarse en la presentación de una denuncia.

Finalmente se tomó protesta a Oliva Zamudio Guzmán y a René Arau Bejarano, como Secretaria y Secretario Instructores y proyectistas adscritos a la Ponencia del Magistrado Eric López Villaseñor y a la Ponencia de la Magistrada Alma Rosa Bahena Villalobos.

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