TEEM – Tribunal Electoral del Estado de Michoacán

Resuelve TEEM tres juicios ciudadanos.

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El Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Michoacán (TEEM) resolvió tres Juicios Ciudadanos uno por mayoría, otro por unanimidad, y un tercero por engrose, ya que el proyecto fue rechazado por la mayoría de los magistrados en Sesión Pública integrada por Alma Rosa Bahena Villalobos, Magistrada Presidenta; Yurisha Andrade Morales y Yolanda Camacho Ochoa, Magistradas; así como el Magistrado Salvador Alejandro Pérez Contreras.

Se analizó y aprobó por mayoría el proyecto de sentencia del Juicio para la Protección de los Derechos Político-Electorales del ciudadano TEEM-JDC-017/2023, en contra de la Comisión de Justicia Intrapartidista del Consejo Nacional del Partido Acción Nacional que realizó la Ponencia de la Magistrada Yurisha Andrade Morales.

Alma Rosa Bahena Villalobos dijo no compartir el criterio del Proyecto de Sentencia concerniente al agravio expuesto por el actor que impugna sobre la forma de publicar la convocatoria que hizo el Comité Municipal para la celebración del Proceso de elección de Acción Juvenil de Pátzcuaro del Partido de Acción Nacional, ya que no hay constancia de que se haya hecho en estrados electrónicos como se justificó.

En ese sentido el TEEM resolvió confirmar la Resolución de veintisiete de abril, dictada por la Comisión de Justicia Intrapartidista del Consejo Nacional del Partido Acción Nacional, dentro del Juicio de Inconformidad CJE/JIN/004/2023

Asimismo, por unanimidad se resolvió el Proyecto de sentencia del Juicio para la Protección de los Derechos Político-Electorales del ciudadano TEEM-JDC-012/2023, promovido en contra del Concejo Municipal de Penjamillo, Michoacán realizado por el Magistrado Salvador Alejandro Pérez Contreras.

El Pleno del TEEM resolvió existente la omisión de la autoridad responsable respecto del pago de prima vacacional; e inexistente la omisión en cuanto al pago de dietas y aguinaldo, en favor de las actora, por lo que se ordenó a la autoridad responsable, cumplir con lo ordenado.

En el último punto se rechazó por mayoría el Juicio para la Protección de los Derechos Político-Electorales del ciudadano TEEM-JDC-013/2023 realizado por la Ponencia de Salvador Alejandro Pérez Contreras y el Pleno del TEEM

resolvió declarar existente la violación al derecho político-electoral de ser votado, en la vertiente del ejercicio del cargo, derivado de la omisión de incluir la información completa a la convocatoria de veinticuatro de marzo, para el debido análisis, discusión y votación de los puntos del orden del día propuestos para la sesión ordinaria de veintiocho siguiente, por parte de la presidenta municipal y secretario, ambos del Ayuntamiento de Morelos, Michoacán.

De esta forma el Pleno del TEEM ordenó a la presidenta municipal y secretario del Ayuntamiento de Morelos, Michoacán, cumplir en la forma y términos señalados en el apartado de efectos de la presente sentencia y se les conminó para que, en lo sucesivo, notifique debidamente las convocatorias a las sesiones de cabildo.

Asimismo, por unanimidad se resolvió el Proyecto de sentencia del Juicio para la Protección de los Derechos Político-Electorales del ciudadano TEEM-JDC-012/2023, promovido en contra del Concejo Municipal de Penjamillo, Michoacán realizado por el Magistrado Salvador Alejandro Pérez Contreras.

El Pleno del TEEM resolvió existente la omisión de la autoridad responsable respecto del pago de prima vacacional; e inexistente la omisión en cuanto al pago de dietas y aguinaldo, en favor de las actora, por lo que se ordenó a la autoridad responsable, cumplir con lo ordenado.

En el último punto se rechazó por mayoría el Juicio para la Protección de los Derechos Político-Electorales del ciudadano TEEM-JDC-013/2023 realizado por la Ponencia de Salvador Alejandro Pérez Contreras y el Pleno del TEEM

resolvió declarar existente la violación al derecho político-electoral de ser votado, en la vertiente del ejercicio del cargo, derivado de la omisión de incluir la información completa a la convocatoria de veinticuatro de marzo, para el debido análisis, discusión y votación de los puntos del orden del día propuestos para la sesión ordinaria de veintiocho siguiente, por parte de la presidenta municipal y secretario, ambos del Ayuntamiento de Morelos, Michoacán.

De esta forma el Pleno del TEEM ordenó a la presidenta municipal y secretario del Ayuntamiento de Morelos, Michoacán, cumplir en la forma y términos señalados en el apartado de efectos de la presente sentencia y se les conminó para que, en lo sucesivo, notifique debidamente las convocatorias a las sesiones de cabildo.

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