TEEM – Tribunal Electoral del Estado de Michoacán

El Tribunal Electoral del Estado de Michoacán garantiza el cumplimiento de sus resoluciones
Morelia, Michoacán, a veintiséis de mayo de 2026. En reunión interna jurisdiccional, el Tribunal Electoral del Estado de Michoacán aprobó diversos acuerdos plenarios mediante los cuales verificó el cumplimiento de sentencias vinculadas con derechos político-electorales y con obligaciones a cargo de autoridades municipales.
🔹 En los juicios de la ciudadanía TEEM-JDC-025/2026 y TEEM-JDC-026/2026, promovidos por habitantes de las colonias Lomas de Santiaguito y Rinconada del Valle, respectivamente, este Tribunal ordenó al Ayuntamiento de Morelia emitir las convocatorias para la elección de las Encargaturas del Orden, al haberse acreditado la omisión de las autoridades municipales de llevar a cabo dicho proceso.
Tras el análisis de las constancias presentadas, el Pleno determinó que las sentencias fueron cumplidas, al haberse emitido las convocatorias correspondientes. No obstante, advirtió que las autoridades responsables realizaron dichas acciones fuera de los plazos fijados por este órgano jurisdiccional.
Por ello, el Tribunal las conminó a que, en lo subsecuente, atiendan y cumplan de manera oportuna las resoluciones judiciales.
🔹 Asimismo, en el expediente TEEM-JDC-006/2026, relacionado con la omisión del pago de aguinaldo y prima vacacional a una persona servidora pública, el Tribunal verificó que el Ayuntamiento responsable efectuó los pagos ordenados en la sentencia.
En consecuencia, se declaró cumplida la resolución; sin embargo, también se advirtió que la información relativa a dicho cumplimiento fue remitida de manera extemporánea, motivo por el cual se conminó a la autoridad responsable para que, en adelante, observen los plazos establecidos por este Tribunal.
Con estas determinaciones, el Tribunal Electoral del Estado de Michoacán reafirma su compromiso con la tutela efectiva de los derechos político-electorales y con el cumplimiento puntual de las resoluciones jurisdiccionales.

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