TEEM – Tribunal Electoral del Estado de Michoacán

TEEMICH ORDENA AL CDM DEL PAN EN MARAVATÍO IMPLEMENTAR UN MECANISMO ALTERNATIVO DE VOTACIÓN A CIUDADANO IMPOSIBILITADO PARA VOTAR.

El Pleno del Tribunal Electoral del Estado integrado por la Magistrada Presidenta Alma Rosa Bahena Villalobos; la Magistrada Amelí Gissel Navarro Lepe, así como los Magistrados Adrián Hernández Pinedo y Eric López Villaseñor sesionó de manera urgente para resolver un juicio de la ciudadanía promovido por un militante del partido Acción Nacional, candidato a secretario de la planilla para integrar el Comité Directivo Municipal de dicho partido político en Maravatío, Michoacán.    

En este medio de impugnación, el actor argumentó que debido a sus condiciones de salud y que ha sido hospitalizado, constituye un impedimento insuperable para acudir personalmente a emitir su voto en la asamblea municipal a celebrase el sábado 20 de septiembre de la presente anualidad; por lo que solicita de este Tribunal Electoral se determine la implementación de una medida razonable consistente en un mecanismo alternativo a fin de ejercer su derecho a votar.   

Al respecto, el TEEMICH determinó que aunque- no se tiene contemplada en la elección partidaria un mecanismo alternativo de votación; ante lo fundada de su solicitud y a fin de salvaguardar los derechos del actor, este órgano jurisdiccional ordenó vincular al Comité Municipal del PAN en Maravatío, para que implementara un mecanismo alternativo de votación; sin embargo, dada la premura e inminente celebración de la asamblea municipal, se ordenó a dicha autoridad responsable para que se tenga por satisfecho el derecho político del actor, de entre varias opciones, de existir formatos o cédulas de votación para que las personas asistentes ejerzan su voto, agregue uno en sobre cerrado, acompañado del material necesario para su llenado e instruya a una persona integrante del Comité, a efecto de que, se traslade al hospital donde el actor señala encontrarse, a efecto de que, lleve a cabo todas las diligencias necesarias para la obtención de su voto u otra que haga efectivo el goce del derecho político de votar demandado por el actor.

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