TEEM – Tribunal Electoral del Estado de Michoacán

El TEEM determina improcedentes diversas solicitudes de prórroga para cumplir con sentencias dictadas en diversos juicios de la ciudadanía. 

Comunicado de prensa TEEM-CCS-090/2026.

Morelia, Michoacán, a 27 de julio de 2026. En reunión interna jurisdiccional, el Pleno del Tribunal Electoral del Estado aprobó ocho acuerdos plenarios en los que declaró improcedente la prórroga solicitada por la autoridad responsable.   A manera de contexto, los asuntos fueron presentados individualmente por diversas personas, titulares de encargaturas del orden de diversas localidades indígenas pertenecientes al municipio de Hidalgo, Michoacán, en los que demandaron al Ayuntamiento la falta del pago de sus remuneraciones con motivo de su encargo; derivado de ello, en cada caso, se emitió la sentencia respectiva en la que, se les otorgó la razón y, en consecuencia, se ordenó a la autoridad responsable efectuar el pago conducente, fijando un plazo para ello.   

La autoridad responsable, en cada caso, presentó escrito de solicitud de prórroga para dar cumplimiento a lo ordenado; al respecto, en los ocho acuerdos plenarios, las Magistraturas determinaron improcedentes sus solicitudes, toda vez que, en las resoluciones dictadas por el Pleno, se estableció un plazo cierto para el cumplimiento, lo que constituye cosa juzgada, y por ende las razones y consecuencias ahí contenidas no pueden modificarse o cuestionarse por las personas que se encuentran vinculadas al cumplimiento, sino solo acatarse.  

Además, no se acreditó que la autoridad responsable y las autoridades vinculadas realizaran actos tendentes al cumplimiento, por lo cual, con las manifestaciones vertidas para sustentar la prórroga no son jurídicamente suficientes, dado que no se acreditaron los avances o alguna acción desplegada para acatar lo ordenado en la sentencia ni tampoco se acreditaron impedimentos para cumplir en los términos ordenados.  

TEEM - Tribunal Electoral del Estado de Michoacán
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