TRANSPARENCIA
OBLIGACIONES DE TRANSPARENCIA
Fracc. IV. Las metas y objetivos de las áreas de conformidad con sus programas operativos.
Periodo de actualización: Anual.
Periodo de conservación: Información del ejercicio en curso y la correspondiente a los últimos seis ejercicios anteriores.
Fracc. XXIII. Los montos destinados a gastos relativos a comunicación social y publicidad oficial.
XXIII a. Programa anual de comunicación social o equivalente.
Periodo de actualización: Anual.
Periodo de Conservación: Información del ejercicio en curso y la correspondiente a dos ejercicios anteriores.
Fracc. XXV. El resultado de la dictaminación de los estados financieros.
Periodo de actualización: Anual.
Periodo de Conservación: Información de seis ejercicios anteriores.
Fracc. XLIII. El catálogo de disposición y guía de archivo documental.
45c. Cuadro-general-clasificacion-archivistica-2025
Periodo de actualización: anual.
Periodo de conservación: Información del ejercicio en curso y la correspondiente al ejercicio.
Art. 45 de la Ley Estatal de Transparencia
Obligaciones Especificas
Para determinar la información adicional que publicarán todos los sujetos obligados de manera obligatoria, el Instituto deberá:
Periodo de actualización: Anual.
Periodo de Conservación: Ejercicio en curso y la correspondiente al ejercicio anterior.
Descargar
Fracc. XXI. La información financiera sobre el presupuesto asignado así como los informes del ejercicio trimestral del gasto.
XXI a. Presupuesto asignado anual.
XXI c. Cuenta Pública.
Periodo de actualización: anual.
Periodo de Conservación: Información del ejercicio en curso y la correspondiente a seis ejercicios anteriores.
Fracc. XXXIX. Todas las evaluaciones y encuestas que hagan los sujetos obligados a programas financiados con recursos públicos.
Periodo de actualización: Anual.
Periodo de Conservación: Información generada en los dos ejercicios anteriores concluidos.
Fracc. XLV. El catálogo de disposición y guía de archivo documental.
Periodo de actualización: anual.
El Cuadro general de clasificación archivística, el Catálogo de disposición documental, los Inventarios documentales y la Guía de archivo documental deberán publicarse durante los treinta días posteriores de que concluya el primer trimestre del ejercicio en curso.
El Programa Anual de Desarrollo Archivístico deberá publicarse en los primeros treinta días naturales del ejercicio en curso. El Informe Anual de cumplimiento y los dictámenes y actas de baja documental y transferencia secundaria deberán publicarse a más tardar el último día del mes de enero del siguiente año.
El Índice de expedientes clasificados como reservados se actualizará semestralmente
Periodo de conservación: información vigente respecto del Cuadro general de clasificación archivística, el Catálogo de disposición documental, los Inventarios documentales y la Guía de archivo documental.
Información del ejercicio en curso y ejercicio anterior respecto del Programa Anual de Desarrollo Archivístico y el Índice de expedientes clasificados como reservados. Información del ejercicio anterior respecto del Informe Anual de cumplimiento y de los dictámenes y actas de baja documental y transferencia secundaria
Fracc. XLVI. Los sujetos obligados deberán informar a los organismos garantes y verificar que se publiquen en la Plataforma Nacional, cuáles son los rubros que son aplicables a sus páginas de Internet, con el objeto de que éstos verifiquen y aprueben, de forma fundada y motivada, la relación de fracciones aplicables a cada sujeto obligado.
Periodo de actualización: Anual.
Periodo de Conservación: Información vigente.